La firma digital es una herramienta tecnológica que utilizando criptografía de clave asimétrica permite conocer quién es el autor de la firma de un documento y si el documento fue modificado con posterioridad a ser suscripto generando en consecuencia, la imposibilidad de repudiarlo. Es por ello que la legislación vigente reconoce en la firma digital los atributos de autenticidad, integridad, y no repudio.
Características, éstas, de las que no goza la firma manuscrita. Por ese motivo podemos asegurar que el uso adecuado de los certificados de clave pública otorgan mayor seguridad que la firma ológrafa. Para firma digitalmente es necesario que el Suscriptor (es decir, el dueño de la firma) cuente con un certificado de clave pública.
La legislación vigente reconoce a la firma electrónica idéntica eficacia jurídica que a la firma digital. La única diferencia entre ambas radica en la prueba.
La criptografía de clave asimétrica requiere el uso de un par de claves:
Ambas claves se corresponden en virtud de un cálculo matemático.
De este modo:
Para que esta criptografía pueda utilizarse a fin de firmar digitalmente es preciso que el par de claves se encuentre vinculado a una persona determinada. Este requerimiento los cumplen los CERTIFICADOS DE CLAVE PUBLICA.
Estos certificados son documentos digitales que expresan los datos completos de identidad del Suscriptor y los datos de una clave pública, la que a su vez se corresponde con una privada.
Quién emite certificados de clave pública?
Sólo pueden emitir CERTIFICADOS DE CLAVE PUBLICA los CERTIFICADORES LICENCIADOS PROVINCIALES, estas son terceras partes de confianza que dan fe de los datos contenidos en los certificados de clave pública (datos completos del Suscriptor, datos del emisor, usos que le puede dar al certificado, clave pública).
En jurisdicción de la provincia de San Luis sólo FDSL emite certificados de firma digital, dado que cuenta con la infraestructura legal y tecnológica que da sustento al uso de esta herramienta otorgándole plena eficacia jurídica.
Sólo pueden emitir CERTIFICADOS DE CLAVE PUBLICA los CERTIFICADORES LICENCIADOS PROVINCIALES, estas son terceras partes de confianza que dan fe de los datos contenidos en los certificados de clave pública (datos completos del Suscriptor, datos del emisor, usos que le puede dar al certificado, clave pública).
En jurisdicción de la provincia de San Luis sólo FDSL emite certificados de firma digital, dado que cuenta con la infraestructura legal y tecnológica que da sustento al uso de esta herramienta otorgándole plena eficacia jurídica.
El Instituto Firma Digital San Luis sólo emite certificados de clave pública en dispositivos criptográficos aprobados por el NIST (National Institute of Standard and Technology), quien establece los requerimientos de seguridad que deben cumplir los módulos criptográficos utilizados para la protección de datos sensibles.
Únicamente se acepta el uso de dispositivos criptográficos que cumplen con FIPS 140 nivel 2 o superior, y se hayan incluídos en el sistema de emisión de FDSL.
Atendiendo el cambio de tecnología adoptado por FDSL actualmente se emite firma digital en:
De acuerdo con la normativa provincial, tal como lo hacen la mayoría de los países que utilizan esta tecnología, se considera que una persona puede tener tantas firmas digitales como roles.
A modo de ejemplo, Ana vive en San Luis, es madre de un niño, abogada y socia en una empresa que se dedica a la construcción. En consecuencia, ella podría tener:
• Una firma digital como habitante de San Luis. Para emitir esta firma digital el Instituto FDSL debió verificar: la identidad de Ana y que ella se encuentra domiciliada en la provincia.
Ana podrá utilizar esta firma para realizar presentaciones ante el Gobierno Provincial como por ejemplo solicitar el acogimiento a un beneficio, realizar gestiones ante Rentas, ser atendida en los hospitales de la provincia, realizar una denuncia ante Defensa del Consumidor a través de portal puntano, solicitar un certificado de domicilio a través de Comisaría Virtual, entre otras acciones.
Ana también podrá utilizar esta firmar para realizar gestiones en la escuela de su hijo una vez que esa Institución hubiera corroborado que es la madre del niño, su nombre completo y número de documento de identidad. Por ejemplo, para autorizarlo a realizar una excursión escolar.
• Ana tendrá otra firma digital de la que surgirá que es una profesional matriculada en el Colegio de Abogados. Para emitir esta firma, FDSL debió firmar un convenio con el Colegio Profesional a través del cual ese organismo acreditó su existencia, su función, sus autoridades y, posteriormente dio fé que Ana se encuentra debidamente matriculada y su matrícula se halla vigente (que no había sido suspendida ni cancelada) además de asumir la responsabilidad de pedir la revocación de la firma de Ana si acaeciera alguna causal.
Ana podrá usar esta firma digital para litigar en los Tribunales Judiciales de la Provincia.
• Ana también podrá tener otra firma digital en su rol de socia gerente de su empresa. Para emitir esta firma el Instituto FDSL debió verificar:
Que la Sociedad existe, que se encuentra constituída regularmente, quienes son sus autoridades y que rol ostenta Ana.
Ana podrá utilizar esta firma digital para representar a la Sociedad, por ej. para ofertar en licitaciones públicas.
El uso que se le puede dar a cada firma digital surge de lo que se denomina POLITICAS DE CERTIFICACION. El Instituto FDSL a la fecha cuenta con seis cuyo texto y características pueden ser consultados en esta página.
Quien desee firmar digitalmente deberá contar con un certificado de clave pública que deberá tramitar ante el Instituto Firma Digital de San Luis o alguna de las Autoridades de Registro Delegadas, cumpliendo los requisitos establecidos en la Política de Certificación que corresponda de acuerdo al uso que dará a esa firma.
Para conocer esos requisitos consúltelos en la opción “Certificados” y ante cualquier duda contáctese con nosotros.